Convención sobre los derechos del niño - BICE - ONG de protection des droits de l'enfant
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La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) fue adoptada unánimemente por la ONU durante la Asamblea General de 20 de noviembre de 1989. Luego, esta fecha clave se convirtió en el Día Mundial de los Derechos del Niño. El texto ha sido ratificado por casi todos los países del mundo, con la excepción de los Estados Unidos y Somalia.

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54 artículos para proteger los derechos de los niños

La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) está redactada con un espíritu positivo y se vuelca sobre el futuro ya que solicita a los Estados que la han ratificado de crear condiciones que permitan a los niños participar activamente en la vida política y social de sus países.

El artículo primero de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) estipula que todo ser humano menor de 18 años está considerado como un niño. El texto pone de relieve el interés superior del niño como consideración primordial para los Estados.

Engloba toda la gama de los derechos humanos: civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, reconoce también que disfrutar de un derecho no priva del ejercicio de los demás derechos.

La Convención sobre los Derechos del Niño muestra también que, para que un niño pueda desarrollar libremente sus capacidades intelectuales, morales y espirituales, necesita especialmente vivir en un ambiente saludable y sin peligros, tener acceso a cuidados médicos y a una alimentación, tener prendas de vestir y una vivienda conformes con las normas mínimas.

La Convención amplía el campo de aplicación de los derechos humanos al proteger al niño contra todas las formas de explotación, ocupándose del caso de los niños que pertenecen a grupos minoritarios y autóctonos, tratando también problemas de toxicomanía y abandono.

El texto reconoce también el papel primordial de la familia y de los padres en lo referente a los cuidados y la protección que debe darse al niño, así como la obligación del Estado de ayudarlos a cumplir con sus deberes.

Los protocolos adicionales

En el 2000, la CDN fue reforzada por dos protocolos facultativos, sometidos a la ratificación por parte de los Estados:

  • El primer protocolo se refiere a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía.
  • El segundo protocolo concierne la implicación de niños en los conflictos armados.

El tercer protocolo entró en vigor en el 2014, después de haber sido adoptado en el 2011. Este permite a los niños residentes en los países que han ratificado este protocolo (o a sus representantes) presentar quejas ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas cuando estimen que un derecho garantizado por la CDN y los dos protocolos facultativos precedentes no es respetado por sus gobiernos.

El Día de los Derechos del Niño

El 20 de noviembre, fecha aniversario de la adopción de la Convención, fue escogido para celebrar en todo el mundo el Día de los Derechos del Niño. Una ocasión para recordar que los derechos del niño todavía son a menudo violados. El BICE se asocia a este evento para sensibilizar al público en general sobre la causa de los niños y permitir a los más jóvenes tomar plenamente conciencia de sus derechos.

El BICE recompensado por 10 años de trabajo

Entre 1979 y 1989, el BICE es un actor principal en la elaboración de la CDN. Durante diez años, ONG piloteadas por el BICE y DNI (Defensa de los Niños Internacional), Estados miembros de la Comisión de Derechos Humanos y UNICEF (Fondo de Naciones Unidas para la Infancia) obran para dar a los derechos de los niños una base jurídica internacional.

La adopción de la CDN el 20 de noviembre corona estos esfuerzos. Se reconoce la impronta del BICE en el texto: una visión global del niño con una dimensión moral y espiritual. A diario, el BICE se apoya en los principios enunciados en este tratado que contribuyó a elaborar y del que apoya su aplicación.  

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