Derechos fundamentales - BICE - ONG de protection des droits de l'enfant
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Además de estos principios, se pueden citar los derechos esenciales del niño definidos por el texto:

Derecho a una identidad (artículos 7 y 8)

Cada niño tiene derecho a un nombre y a una nacionalidad para que sea siempre protegido y asistido por su país. En ausencia del registro de su nacimiento, un niño no es reconocido por el Estado en el que vive y no se le pueden dar cuidados ni escolarización.

Derecho a la salud (artículos 23 y 24)

Cada niño debe poder ser cuidado si está enfermo, ser alimentado suficientemente, ser protegido de la droga y tener condiciones de vida que no sean peligrosas para su salud.

Derecho a la educación (artículo 28)

Todo niño tiene derecho de ir a la escuela y tener acceso a los conocimientos que le ayudarán a preparar su vida de adulto.

Derecho a la vida en familia (artículos 8, 9, 10, 16, 20, 22 y 40)

Todo niño tiene derecho a estar rodeado de personas que lo amen y se ocupan de él, en primer lugar su familia, o de personas encargadas de reemplazarla.

Derecho a ser protegido de la violencia (artículos 19 y 34)

Cada niño debe poder ser protegido de la violencia, que venga de su entorno o de cualquier persona que quiera hacerle daño. No debe ser obligado nunca a sufrir o hacer sufrir malos tratos ni ningún acto de violencia física o sexual.

Derecho a expresarse (artículos 12 y 13)

Todo niño debe poder expresar lo que piensa y siente. Tiene también el derecho de tener información sobre el mundo que lo rodea y hablar sobre este tema.

Derecho a ser protegido de la guerra (artículos 38 y 39)

Cada niño debe ser protegido de la guerra y de sus consecuencias, como ser refugiado, herido, prisionero u obligado a trabajar en un ejército.

Derecho a ser protegido de la explotación (artículos 19, 32, 34, 36 y 39)

Un niño no debe ser obligado a trabajar en condiciones difíciles y peligrosas para sobrevivir o hacer vivir a su familia.

Derecho a la igualdad y al respeto de las diferencias (Preámbulo §§1, 3 y 7; artículos 2, 3 y 38)

Todo niño tiene los mismos derechos cualesquiera sean las diferencias de raza, color de la piel, religión, idioma o de cultura, ya sea niño o niña, que sea discapacitado o no.  

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